Fundamentos de Auditoria
miércoles, 16 de marzo de 2016
lunes, 14 de marzo de 2016
domingo, 13 de marzo de 2016
1.7 Tipos
de auditorías:
1.7.1 Auditoria interna
1.7.2 Auditoria externa
Factor diferenciador
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Auditoria interna
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Auditoria externa
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Designación
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Realizada en forma voluntaria por la administración o por cumplir el
calendario interno de la compañía.
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Realizada en forma voluntaria por los altos mandos de la compañía.
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Objetivos
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Satisfacer las necesidades de la administración como ejercer una
función del control o realizar una función de asesoramiento.
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Satisfacer las necesidades de usuarios externos con respecto a la
información financiera.
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Funciones
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Evaluación del sistema de control interno y detección de riesgos.
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Análisis de la contabilidad de los estados financieros.
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Profesional que la ejecuta
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Personal interno de la organización con conocimientos del tema.
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Contratación de personal independiente o externo.
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Grado de dependencia
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Al ser ejecutado por un empleado de la compañía está limitado e
imposibilitado de dar Fe pública.
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Independencia absoluta, por lo que el auditor está directamente
relacionado con la detección del fraude.
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Forma de contratación
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Contrato laboral.
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Contrato de prestación de servicios.
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Destino del informe
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Enviado a la administración de la empresa.
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Enviado a la administración de la empresa o a terceras personas.
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Naturaleza del informe
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Dividida en relación con áreas operativas y responsabilidad
administrativa.
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Dividida en relación con las cuentas del balance y cuenta de
resultados.
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Periodicidad
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Se realizan de forma permanente de acuerdo al cronograma interno.
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Generalmente cada año o cada seis meses.
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1.6 Responsabilidad legal del auditor.
El auditor debe aceptar toda la responsabilidad por sus actos, pero no debe aceptar el asumir las responsabilidades que corresponden a la gerencia de la empresa cliente, pues él es un regulador de los actos de la gerencia y no parte de ella.
Para cumplir estos principios generales se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones:
Los papeles de trabajo deben contener todos los datos e información pertinente.
Se deben excluir los datos irrelevantes.
Deben incluir toda la información que ampare los conceptos que se
incluyan en el informe final.
Debe incluirse toda información que pudiese ser utilizada en el futuro.
Deben incluir toda la información necesaria que ampare y respalde la
corrección o re clasificación de las partidas.
Los papeles de trabajo deben ser limpios y pulcros.
Cada cédula de auditoria debe tener un título que sea representativo del
trabajo realizado en ellas.
Principales fallasen los papeles de trabajo:
Falta de evidencia que respalde el trabajo realizado.
No recalcar que el problema encontrado fue aclarado.
No hacer el cruce (referencias cruzada) entre cédulas.
No señalar las bases usadas para la valorización de los activos-
Elementos de control
interno.
El auditor deberá adquirir una comprensión suficiente de cada uno de los
3 elementos que conforman el sistema de control interno de su cliente para
planificar la auditoria de los estados financieros. Esta comprensión deberá
incluir conocimientos sobre el diseño de políticas, procedimientos y registros
relevantes y la medida en que la organización los ha puesto en operación. Tales
conocimientos deben emplearse para:
• Identificar tipos de errores potenciales
• Considerar los factores que afecten el riesgo de errores
significativos.
• Diseñar pruebas sustantivas.
• Se debe tener en cuenta que el hecho de que una política o un
procedimiento de la estructura de control interno se haya puesto en operación
no significa que esté operando en forma efectiva, el auditor debe determinar si
la entidad los usa y si este uso es eficiente.
• En algunas oportunidades, la comprensión por parte del auditor de la
estructura de control interno de la organización deriva en dudas acerca de la
factibilidad de auditar los estados financieros de una organización. La
preocupación por la naturaleza y detalle de los registros de la entidad, pueden
llevar al auditor a la conclusión de que no es probable que se consiga
evidencia apropiada y suficiente para respaldar una opinión sobre los estados
financieros.
• El auditor deberá documentar la comprensión obtenida de los elementos
de la estructura de control interno de la organización para planificar la
auditoria.
• La forma y el alcance de esta documentación dependerá del tamaño y de
la complejidad de la organización, así como de la naturaleza de la estructura
del control interno.
• Consideraciones acerca del riesgo.
• El riesgo de que existan errores significativos en las afirmaciones de
los estados financieros se compone del riesgo inherente, el riesgo de control y
el riesgo de detección.
• El riesgo inherente representa la posibilidad de que una afirmación de los estados financieros contenga un error significativo, asumiendo que no hay políticas y procedimientos del sistema de control interno relacionados. El riesgo de control es la posibilidad de que un error significativo pudiese existir en una afirmación de los estados financieros y este no sea prevenido ni detectado por la estructura de control interno.
• El riesgo inherente representa la posibilidad de que una afirmación de los estados financieros contenga un error significativo, asumiendo que no hay políticas y procedimientos del sistema de control interno relacionados. El riesgo de control es la posibilidad de que un error significativo pudiese existir en una afirmación de los estados financieros y este no sea prevenido ni detectado por la estructura de control interno.
El riesgo de detección es la posibilidad de que el auditor no detecte un
error material en una afirmación de los estados financieros.
AMENAZAS
A LA INDEPENDENCIA DEL AUDITOR
Existen, desgraciadamente, un mayor número de variables que
suponen amenazas a la independencia del auditor en comparación con aquellas
otras que la incentivan. Además, a nuestro entender, la probabilidad de que una
posible amenaza dañe verdaderamente la independencia del auditor, es superior a
la probabilidad de que un posible incentivo se convierta finalmente en una
motivación real.
El Comité de Auditoría de la Comisión Europea en su
documento “La independencia de los auditores legales en la Unión Europea: un
conjunto de principios fundamentales” señala, en el apartado sobre amenazas a
la independencia y riesgos inherentes, que la independencia de los auditores
legales podrá verse afectada por diferentes tipos de amenazas: interés propio,
revisión propia, defensa, familiaridad o confianza o intimidación.
- Relaciones financieras.
A) Inversiones en las empresas
clientes
B) Otros intereses financieros: relaciones deudor-acreedor, cuentas
corrientes o cuentas de ahorro, tarjetas de crédito, etc.
- Relaciones de empleo.
* Relaciones de trabajo entre el
auditor y la empresa cliente.
* Relaciones de trabajo entre la empresa cliente
y ciertos familiares del auditor.
* Relaciones de trabajo entre el cliente y
antiguos empleados de la firma de auditoría.
* Relaciones de trabajo entre la
firma de auditoría y antiguos empleados del cliente.
- Relaciones de negocio: se refiere al riesgo existente
cuando una empresa auditora, o cualquier persona, dentro de su ámbito de
aplicación, tiene relaciones de negocio directas o indirectas y materiales con
el cliente, o cualquier persona relacionada con él, con capacidad para la toma
de decisiones dentro de la organización, tales como empleados, directivos o
accionistas importantes.
- Relaciones procedentes de la prestación de servicios de
no-auditoría: considera que el profesional no es independiente si proporciona
determinados servicios adicionales a la actividad auditora.
- Honorarios contingentes: propone restringir la percepción
de honorarios contingentes de los clientes, ya que los acuerdos vinculados a
elevadas retribuciones pueden provocar el nacimiento de intereses mutuos con el
cliente. Proporciona además la siguiente definición de honorarios contingentes:
aquellos que, si por cualquier motivo el auditor dejara de percibir, tendrían
un impacto significativo sobre el resultado de la firma auditora.
A
continuación, pasamos a retomar la parte del estudio de Johnstone et al. (2001)
que se preocupaba por las diferentes situaciones que pueden ocasionar riesgo a
la independencia analizada en el apartado anterior Los autores
dividen las situaciones que pueden poner en peligro la independencia del
auditor en directas e indirectas:
• Amenazas directas
comprenden los beneficios monetarios actuales o potenciales. En ellas se
incluyen:
• Inversiones directas: las cuales podrían causar un
conflicto de intereses relacionado con la alineación de los auditores con la
posición mantenida con los gestores de las compañías.
• Honorarios contingentes: también pueden derivar en el
incremento de los intereses financieros. Por ejemplo, ante la aparición de
discrepancias, la gestión puede presionar con la revocación del contrato.
• Potencial de conseguir un empleo en la entidad auditada:
esta situación podría obligar al auditor a tomar decisiones incorrectas con el
objeto de no perder la perspectiva de empleo futuro.
• Dependencia financiera: incluye la naturaleza del servicio
prestado (auditoría u otros), la magnitud relativa, la continuidad de los honorarios,
el efecto “low balling ” y el valor reputacional de una relación con éxito.
Todos los factores anteriores suponen amenazas para la habilidad del auditor a
resistir las presiones de la gestión por la preocupación de la finalización de
la relación.
• Amenazas indirectas: aparecen por otras circunstancias que
podrían dificultar el mantenimiento de la objetividad del auditor. Pueden ser
de dos tipos:
• Relaciones interpersonales: se dan cuando los auditores
poseen una relación personal, familiar o profesional con el cliente. Todas
estas relaciones podrían provocar que el auditor antepusiera los intereses
personales sobre los objetivos profesionales.
• Revisión propia: en este caso puede ocurrir que el auditor
tenga que auditar su propio trabajo o el de alguno de los miembros de su
equipo. Algunos ejemplos podrían ser: preparación de los Estados Financieros,
recomendaciones de valoración de elementos en dichos estados, externalización
de la auditoría interna y el asesoramiento sobre decisiones de gestión. Todas
estas situaciones podrían crear situaciones en las que el auditor es incapaz de
evaluar críticamente su trabajo o de dañar una relación con otro miembro de la
firma de auditoria.
Por otra parte, existen situaciones que implican decisiones
basadas en juicios que también pueden afectar a la independencia del auditor y,
por tanto, a la calidad de la auditoría. Dichas decisiones son aquellas que
implican una incertidumbre con respecto a la determinación apropiada o juicio
de valor que un auditor podría hacer. Los autores señalan concretamente tres
tipos de decisiones basadas en juicios:
• Asuntos contables que conllevan dificultad: Son aquellos
que permiten varias interpretaciones opcionales: principios contables,
valoraciones alternativas, etc. En este caso, podría ocurrir que los auditores
se adhirieran a las preferencias de tratamientos contables inapropiados de la
gestión.
• Decisiones referidas al comportamiento durante la auditoría:
Se refieren a juicios acerca de la naturaleza y la extensión de la evidencia de
auditoría. Por ejemplo, los auditores podrían ocultar errores descubiertos
durante el muestreo de auditoría con el deseo de no entrar en conflicto con la
gestión.
• Decisiones materiales: Tienen relación con los juicios que
se refieren a la importancia relativa de las omisiones o errores descubiertos
en la información financiera. Podría ocurrir, por ejemplo, que un auditor
concluyera que un item no es significativo y, por tanto, no someterlo a
evaluación durante el proceso de obtención de evidencia.
1.5 LA ÉTICA PROFESIONAL
La ética
profesional es el conjunto de normas de carácter ético aplicadas
en el desarrollo de una actividad laboral. La ética puede
aparecer reflejada en códigos deontológicos o códigos
profesionales a través de una serie de principios y valores contenidos
en postulados en forma de decálogo o documentos de mayor extensión.
La ética
profesional marca pautas de conducta para el desempeño de las funciones propias
de un cargo dentro de un marco ético. En muchos casos tratan temas de competencia y capacidad
profesional, además de temas específicos propios de cada área.
En algunos
casos, la ética profesional tiene que ver con acciones específicas de cada
profesión. En este sentido, un abogado, un psicólogo o un médico tienen como
valores de ética profesional la confidencialidad de la información recibida, la
eficiencia, ya que en algunos casos se trata de situaciones que implican riesgo
de vida, etc.
Un auditor tiene que cumplir indispensablemente
con los siguientes requisitos: libertad plena de criterio y desinterés absoluto
en relación con el negocio sobre el que se dictamina. Dentro del trabajo del
auditor, la Ética siempre está en juego; algunos valores que se deben referir a
la personalidad de este para mantener
una postura ética son la integridad, la discreción, la equidad, la
responsabilidad, la coherencia y la transparencia.
Código de Ética
Profesional del Contador Público
La Ética ha estado en cuestión los últimos años, no solo en
el aspecto social, sino también laboral. Las personas actúan corruptamente por
egoísmo y porque piensan que “todo mundo lo hace”, pero esto desarrolla un
efecto dominó. La ética profesional se suele definir como la “Ciencia normativa
que estudia los deberes y derechos de los profesionistas” , y cuenta con tres
características primordiales:
· Es absoluta. Significa
que su validez no se encuentra supeditada a normas extrañas.
· Es universal. Significa
que tiene el carácter de obligación ante todos los profesionales que se
encuentran en igualdad de circunstancias.
· Es
inviolable. Significa que por su propia naturaleza, no pierde valor aunque sea
incumplida.
La Contaduría Pública, como las demás profesiones, cuenta
con su propio Código de Ética, el cual es un conjunto de reglas de conducta a
las cuales el contador público, primordialmente el auditor, deben adoptar y cumplir
de manera obligatoria de acuerdo al juramento profesional que hicieron en un
inicio de su carrera. El Código de Ética Profesional es una guía de orientación
y formación de criterio ante el contador; sin embargo no reside en él la
completa formación del profesionista, los principios fundamentales de ética se
forman durante todo el proceso de vida del ser humano.
ÉTICA PROFESIONAL.
INDEPENDENCIA.
La independencia significa libertad de cualquier influencia
o control que pueda ejercer el cliente del auditor. Este auditor debe
poseer el criterio independiente de un profesional experto en su materia.
El auditor deberá tener valor para ser independiente
tanto de sus clientes como de sus influencias ideológicas, económicas,
políticas y sociales de instituciones gubernamentales y aun de prácticas
consideradas generalmente aceptadas cuando estas resulten inapropiadas.
La actitud profesional de un auditor se expresa en su
independencia, en su capacidad y en su innata integridad moral. El auditor no
se responsabiliza por los Estados Financieros de su cliente sin embargo si es
responsable de su opinión.
No se considera que haya independencia e imparcialidad para
expresar la opinión en los siguientes casos:
·
Pariente consanguíneo o civil en línea recta sin
limitaciones de grado colateral y existencia de una afinidad del propietario a
socio principal de la empresa o de algún director o empleado que tenga
intervención importante en la Administración o cuentas del propio cliente.
·
Propietario de la empresa o tenga alguna
injerencia o vinculación económica en grado tal que pueda afectar a la libertad
de su criterio.
INTEGRIDAD
No solo implica honestidad sino trato justo y completamente
veraz. Por el prestigio que ha tomado se puede decir que la integridad no ha
sido alcanzada por todos los miembros ya que la misma es un requisito
indispensable tanto para el auditor como para otro profesional.
En el desempeño de cualquier servicio profesional un miembro
deberá conservar la integridad junto con la objetividad deberá estar libre de
conflictos de interés no falsificará a sabiendas los hechos ni subordinará su
criterio al de otros.
OBJETIVIDAD
Impone a todos los contadores profesionales la
obligación de ser justos, intelectualmente honestos y libres de conflictos de
interés. Los contadores profesionales sirven mediante capacidades muy
diferentes y deben demostrar su objetividad en diversas circunstancias.
También educan y entrenan a quienes aspiran ingresar a
la profesión. Independientemente el servicio o capacidad los contadores
profesionales deben proteger su integridad y mantener objetividad en sus
juicios.
Al seleccionar situaciones y prácticas que específicamente
tienen que ver con requerimientos éticos relacionados con la objetividad se
debe considerar los siguientes factores:
Los contadores profesionales están expuestos a situaciones
que implican presiones, estas presiones pueden menoscabar su profesión. Se debe
evitar relaciones que permitan prejuicios, sesgos o influencias. Los contadores
profesionales tienen la obligación de asegurar que el personal vinculado a los
servicios profesionales se adhiera al principio de objetividad.
COMPETENCIA Y NORMAS TÈCNICAS.
Regla 201. Normas Generales. Un miembro deberá cumplir con
las siguientes normas y con cualquier interpretación de las mismas que hagan
los órganos que designe el consejo.
A)COMPETENCIA PROFESIONAL .Aceptar no
solo servicios profesionales que el miembro o el despacho del
miembro puedan realizar en forma profesional o competente.
B)CUIDADO PROFESIONAL. - ejercer el
debido cuidado profesional en el desempeño de servicios profesionales.
C)PLANEACIÒN Y SUPERVICIÒN.-
Planear y supervisar de manera adecuada el cumplimiento de servicios
profesionales.
D)SUFICIENTES DATOS PERTINENTES.-Obtener
datos pertinentes suficientes a fin de tener fundamento razonable para sus
conclusiones en relación con cualquier servicio profesional prestado.
CUMPLIMIENTO CON LAS NORMAS
Un miembro que realice sus servicios de auditoría, análisis,
recopilación, consultoría administración de impuestos u otro servicio
profesional.
Principios de Contabilidad.- Una opinión ni afirmara que los
Estados Financieros de cualquier entidad indicara que no conoce ningunas
modificaciones importantes que se hayan hecho a dichos estados o datos a
fin de que estén de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente
aceptados.
RESPONSABILIDAD HACIA SUS COLEGAS.
Todo contador público cuidara sus relaciones con sus
colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupen,
buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sin que se
enaltezca actuando con espíritu de grupo.
Dignificación de la imagen profesional en base a la calidad.
El contador público se valdrá fundamentalmente en su calidad profesional.
OTRAS RESPONSABILIDADES Y PRÀCTICAS
1.- La ley
2.-Derechos Humanos.
3.-El medio ambiente y Generaciones futuras.
5.-La organización en la que se trabaja.
6.- La profesión.
·
Un profesional es responsable ético ante la
ley.-Conociendo el alcance de sus responsabilidades profesionales tanto en lo
civil como en lo penal y las sanciones aplicables e incumplimiento de los
deberes relacionados con su profesión.
·
Un profesional es responsable ético ante
los Derechos Humanos. Procurando condiciones de trabajo dignas que
favorezcan la seguridad, salud, social y laboral y el desarrollo humano y
profesional de los empleados y colaboradores.
·
Un profesional es responsable ético ante el
medio ambiente y Generaciones futuras. Respetando el medio ambiente evitando en
todo lo que este a su alcance cualquier tipo de contaminación minimizando
la generación de residuos y racionalizando el uso de los recursos naturales y
energéticos.
·
Un profesional es responsable ético ante
la organización en la que se trabaja.-Aceptando solo prestar servicios
para los cuales se tiene el entrenamiento adecuado para realizar las
actividades en un marco de calidad y responsable técnica.
·
Un profesional es responsable ético ante la
profesión.-Siendo solidario con el otro expresando en sus actos
honradez, carácter, cortesía, discreción, honestidad, respeto y compromiso
social. Teniendo responsabilidad y carácter para no aceptar trabajos en los que
se requiera la independencia de hecho y de apariencia, si esta se encuentra
limitada.
HONORARIOS U OBSEQUIOS.
El contador público en ejercicio profesional el mismo que
preste sus servicios profesionales para un cliente asume la responsabilidad por
desempeño tales servicios con integridad y objetividad y de acuerdo con los
estándares técnicos apropiados. Por los servicios prestados el contador
profesional en práctica profesional tiene derecho a una remuneración. Los honorarios
deben ser el reflejo justo del valor de los servicios prestados teniendo
en cuenta:
Habilidades, conocimientos, nivel de experiencia y
entrenamiento, tiempo necesario ocupado y grado de responsabilidad.
OBSEQUIOS.
Aceptar obsequios u hospitalidades por
parte de un cliente de aseguramiento puede presentar amenazas de auto interés o
familiaridad, la firma o miembro del equipo de aseguramiento no debe aceptar
tales regalos.
CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES.
·
Aceptar únicamente los trabajos que puedan ser
utilizados con la debida diligencia profesional. El asesor podrá obtener
aseguramiento de otros profesionales en materias especializadas.
·
Demostrar diligencia profesional de forma que
los papeles de trabajo sean un soporte de opinión.
·
Mantener la calidad de su trabajo controlando la
organización y los procedimientos establecidos por el auditor.
sábado, 12 de marzo de 2016
1.4 La opinión del auditor independiente
NIA 700:
Alcance de esta NIA
- Esta Norma Internacional de Auditoria (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros. También trata de la estructura y el contenido del informe de auditoria emitido como resultado de una auditoria de estados financieros.
- La NIA 7051 y la NIA 7062 tratan del modo en que la estructura y el contenido del informe de auditoría se ven afectados cuando el auditor expresa una opinión modificada o incluye un párrafo de énfasis o un párrafo sobre otras cuestiones en el informe de auditoria.
- La presente NIA está redactada en el contexto de un conjunto completo de estados financieros con fines generales. (Se ha suprimido el párrafo referente a la NIA 800). La NIA 8054 trata de las consideraciones especiales aplicables en una auditoria de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero.
Requerimientos
Formación de la opinión sobre los estados financieros
El auditor se formará una opinión sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los
aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable .
Con el fin de formarse dicha opinión, el auditor concluirá si ha obtenido una seguridad razonable
sobre si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a
fraude o error. Dicha conclusión tendrá en cuenta:
(a) la conclusión del auditor, de conformidad con la NIA 330, sobre si se ha obtenido evidencia
de auditoria suficiente y adecuada ; la conclusión del auditor, de conformidad con la NIA 450, sobre si las incorrecciones no
corregidas son materiales, individualmente o de forma agregada; y
(c) las evaluaciones requeridas por los apartados 12-15.
El auditor evaluará si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales,
de conformidad con los requerimientos del marco de información financiera aplicable. Dicha
evaluación tendrá también en consideración los aspectos cualitativos de las prácticas contables de
la entidad, incluidos los indicadores de posible sesgo en los juicios de la dirección. (Ref:
Apartados A1-A3)
Cuando los estados financieros se preparen de conformidad con un marco de imagen fiel, la
evaluación requerida por los apartados 12-13 incluirá también la evaluación de si los estados
financieros logran la presentación fiel. Al evaluar si los estados financieros expresan la imagen
fiel, el auditor considerará:
(a) la presentación, estructura y contenido globales de los estados financieros; y
(b) si los estados financieros, incluidas las notas explicativas, presentan las transacciones y los
hechos subyacentes de modo que logren la presentación fiel.
Tipo de opinión
El auditor expresará una opinión no modificada (o favorable) cuando concluya que los estados
financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de
información financiera aplicable.
El auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoria, de conformidad con la
NIA 705, cuando:
(a) concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoria obtenida, los estados financieros en
su conjunto no están libres de incorrección material; o
(b) no pueda obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada para concluir que los estados
financieros en su conjunto están libres de incorrección material.
18. Si los estados financieros preparados de conformidad con los requerimientos de un marco de
imagen fiel no logran la presentación fiel, el auditor lo discutirá con la dirección y, dependiendo de
los requerimientos del marco de información financiera aplicable y del modo en que se resuelva la
cuestión, determinará si es necesario expresar una opinión modificada en el informe de auditoria,
de conformidad con la NIA 705. (Ref: Apartado A11).
Cuando los estados financieros se preparen de conformidad con un marco de cumplimiento, no se
requiere que el auditor evalúe si los estados financieros logran la presentación fiel. Sin embargo, si
en circunstancias extremadamente poco frecuentes, el auditor concluye que dichos estados
financieros inducen a error, lo discutirá con la dirección y, dependiendo del modo en que se
resuelva dicha cuestión, determinará si ha de ponerlo de manifiesto en el informe de auditoria y el
modo en que lo ha de hacer. (Ref: Apartado A12)
(Ref: Apartados 35-37) Redacción de la opinión del auditor prescrita por las disposiciones legales o reglamentarias A27. La NIA 210 explica que, en algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de la jurisdicción correspondiente prescriben una redacción determinada para el informe de auditora (que incluye, en particular,
la opinión del auditor), en términos significativamente diferentes a los requerimientos de las NIA. En estas circunstancias, la NIA 210 requiere que el auditor evalúe: (a) si los usuarios podrían interpretar erróneamente el grado de seguridad obtenido de la auditoria de los estados financieros y, de ser éste el caso, (b) si una explicación adicional en el informe de auditoria podría mitigar dicha posible interpretación errónea.
Si el auditor concluye que una explicación adicional en el informe de auditoria no puede mitigar una posible interpretación errónea, la NIA 210 requiere que el auditor no acepte el encargo de auditoria, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias. Con arreglo a la NIA 210, una auditoria realizada de conformidad con dichas disposiciones no cumple con las NIA. En consecuencia, el auditor no incluye ninguna mención en el informe de auditoria de que la auditoria se ha realizado de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría 19 . “Expresan la imagen fiel” o “Presentan fielmente, en todos los aspectos materiales,”
Opinión del auditor
(Ref: Apartados 35-37) Redacción de la opinión del auditor prescrita por las disposiciones legales o reglamentarias A27. La NIA 210 explica que, en algunos casos, las disposiciones legales o reglamentarias de la jurisdicción correspondiente prescriben una redacción determinada para el informe de auditora (que incluye, en particular,
la opinión del auditor), en términos significativamente diferentes a los requerimientos de las NIA. En estas circunstancias, la NIA 210 requiere que el auditor evalúe: (a) si los usuarios podrían interpretar erróneamente el grado de seguridad obtenido de la auditoria de los estados financieros y, de ser éste el caso, (b) si una explicación adicional en el informe de auditoria podría mitigar dicha posible interpretación errónea.
Si el auditor concluye que una explicación adicional en el informe de auditoria no puede mitigar una posible interpretación errónea, la NIA 210 requiere que el auditor no acepte el encargo de auditoria, salvo que esté obligado a ello por las disposiciones legales o reglamentarias. Con arreglo a la NIA 210, una auditoria realizada de conformidad con dichas disposiciones no cumple con las NIA. En consecuencia, el auditor no incluye ninguna mención en el informe de auditoria de que la auditoria se ha realizado de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría 19 . “Expresan la imagen fiel” o “Presentan fielmente, en todos los aspectos materiales,”
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