1.5 LA ÉTICA PROFESIONAL
La ética
profesional es el conjunto de normas de carácter ético aplicadas
en el desarrollo de una actividad laboral. La ética puede
aparecer reflejada en códigos deontológicos o códigos
profesionales a través de una serie de principios y valores contenidos
en postulados en forma de decálogo o documentos de mayor extensión.
La ética
profesional marca pautas de conducta para el desempeño de las funciones propias
de un cargo dentro de un marco ético. En muchos casos tratan temas de competencia y capacidad
profesional, además de temas específicos propios de cada área.
En algunos
casos, la ética profesional tiene que ver con acciones específicas de cada
profesión. En este sentido, un abogado, un psicólogo o un médico tienen como
valores de ética profesional la confidencialidad de la información recibida, la
eficiencia, ya que en algunos casos se trata de situaciones que implican riesgo
de vida, etc.
Un auditor tiene que cumplir indispensablemente
con los siguientes requisitos: libertad plena de criterio y desinterés absoluto
en relación con el negocio sobre el que se dictamina. Dentro del trabajo del
auditor, la Ética siempre está en juego; algunos valores que se deben referir a
la personalidad de este para mantener
una postura ética son la integridad, la discreción, la equidad, la
responsabilidad, la coherencia y la transparencia.
Código de Ética
Profesional del Contador Público
La Ética ha estado en cuestión los últimos años, no solo en
el aspecto social, sino también laboral. Las personas actúan corruptamente por
egoísmo y porque piensan que “todo mundo lo hace”, pero esto desarrolla un
efecto dominó. La ética profesional se suele definir como la “Ciencia normativa
que estudia los deberes y derechos de los profesionistas” , y cuenta con tres
características primordiales:
· Es absoluta. Significa
que su validez no se encuentra supeditada a normas extrañas.
· Es universal. Significa
que tiene el carácter de obligación ante todos los profesionales que se
encuentran en igualdad de circunstancias.
· Es
inviolable. Significa que por su propia naturaleza, no pierde valor aunque sea
incumplida.
La Contaduría Pública, como las demás profesiones, cuenta
con su propio Código de Ética, el cual es un conjunto de reglas de conducta a
las cuales el contador público, primordialmente el auditor, deben adoptar y cumplir
de manera obligatoria de acuerdo al juramento profesional que hicieron en un
inicio de su carrera. El Código de Ética Profesional es una guía de orientación
y formación de criterio ante el contador; sin embargo no reside en él la
completa formación del profesionista, los principios fundamentales de ética se
forman durante todo el proceso de vida del ser humano.
ÉTICA PROFESIONAL.
INDEPENDENCIA.
La independencia significa libertad de cualquier influencia
o control que pueda ejercer el cliente del auditor. Este auditor debe
poseer el criterio independiente de un profesional experto en su materia.
El auditor deberá tener valor para ser independiente
tanto de sus clientes como de sus influencias ideológicas, económicas,
políticas y sociales de instituciones gubernamentales y aun de prácticas
consideradas generalmente aceptadas cuando estas resulten inapropiadas.
La actitud profesional de un auditor se expresa en su
independencia, en su capacidad y en su innata integridad moral. El auditor no
se responsabiliza por los Estados Financieros de su cliente sin embargo si es
responsable de su opinión.
No se considera que haya independencia e imparcialidad para
expresar la opinión en los siguientes casos:
·
Pariente consanguíneo o civil en línea recta sin
limitaciones de grado colateral y existencia de una afinidad del propietario a
socio principal de la empresa o de algún director o empleado que tenga
intervención importante en la Administración o cuentas del propio cliente.
·
Propietario de la empresa o tenga alguna
injerencia o vinculación económica en grado tal que pueda afectar a la libertad
de su criterio.
INTEGRIDAD
No solo implica honestidad sino trato justo y completamente
veraz. Por el prestigio que ha tomado se puede decir que la integridad no ha
sido alcanzada por todos los miembros ya que la misma es un requisito
indispensable tanto para el auditor como para otro profesional.
En el desempeño de cualquier servicio profesional un miembro
deberá conservar la integridad junto con la objetividad deberá estar libre de
conflictos de interés no falsificará a sabiendas los hechos ni subordinará su
criterio al de otros.
OBJETIVIDAD
Impone a todos los contadores profesionales la
obligación de ser justos, intelectualmente honestos y libres de conflictos de
interés. Los contadores profesionales sirven mediante capacidades muy
diferentes y deben demostrar su objetividad en diversas circunstancias.
También educan y entrenan a quienes aspiran ingresar a
la profesión. Independientemente el servicio o capacidad los contadores
profesionales deben proteger su integridad y mantener objetividad en sus
juicios.
Al seleccionar situaciones y prácticas que específicamente
tienen que ver con requerimientos éticos relacionados con la objetividad se
debe considerar los siguientes factores:
Los contadores profesionales están expuestos a situaciones
que implican presiones, estas presiones pueden menoscabar su profesión. Se debe
evitar relaciones que permitan prejuicios, sesgos o influencias. Los contadores
profesionales tienen la obligación de asegurar que el personal vinculado a los
servicios profesionales se adhiera al principio de objetividad.
COMPETENCIA Y NORMAS TÈCNICAS.
Regla 201. Normas Generales. Un miembro deberá cumplir con
las siguientes normas y con cualquier interpretación de las mismas que hagan
los órganos que designe el consejo.
A)COMPETENCIA PROFESIONAL .Aceptar no
solo servicios profesionales que el miembro o el despacho del
miembro puedan realizar en forma profesional o competente.
B)CUIDADO PROFESIONAL. - ejercer el
debido cuidado profesional en el desempeño de servicios profesionales.
C)PLANEACIÒN Y SUPERVICIÒN.-
Planear y supervisar de manera adecuada el cumplimiento de servicios
profesionales.
D)SUFICIENTES DATOS PERTINENTES.-Obtener
datos pertinentes suficientes a fin de tener fundamento razonable para sus
conclusiones en relación con cualquier servicio profesional prestado.
CUMPLIMIENTO CON LAS NORMAS
Un miembro que realice sus servicios de auditoría, análisis,
recopilación, consultoría administración de impuestos u otro servicio
profesional.
Principios de Contabilidad.- Una opinión ni afirmara que los
Estados Financieros de cualquier entidad indicara que no conoce ningunas
modificaciones importantes que se hayan hecho a dichos estados o datos a
fin de que estén de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente
aceptados.
RESPONSABILIDAD HACIA SUS COLEGAS.
Todo contador público cuidara sus relaciones con sus
colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupen,
buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sin que se
enaltezca actuando con espíritu de grupo.
Dignificación de la imagen profesional en base a la calidad.
El contador público se valdrá fundamentalmente en su calidad profesional.
OTRAS RESPONSABILIDADES Y PRÀCTICAS
1.- La ley
2.-Derechos Humanos.
3.-El medio ambiente y Generaciones futuras.
5.-La organización en la que se trabaja.
6.- La profesión.
·
Un profesional es responsable ético ante la
ley.-Conociendo el alcance de sus responsabilidades profesionales tanto en lo
civil como en lo penal y las sanciones aplicables e incumplimiento de los
deberes relacionados con su profesión.
·
Un profesional es responsable ético ante
los Derechos Humanos. Procurando condiciones de trabajo dignas que
favorezcan la seguridad, salud, social y laboral y el desarrollo humano y
profesional de los empleados y colaboradores.
·
Un profesional es responsable ético ante el
medio ambiente y Generaciones futuras. Respetando el medio ambiente evitando en
todo lo que este a su alcance cualquier tipo de contaminación minimizando
la generación de residuos y racionalizando el uso de los recursos naturales y
energéticos.
·
Un profesional es responsable ético ante
la organización en la que se trabaja.-Aceptando solo prestar servicios
para los cuales se tiene el entrenamiento adecuado para realizar las
actividades en un marco de calidad y responsable técnica.
·
Un profesional es responsable ético ante la
profesión.-Siendo solidario con el otro expresando en sus actos
honradez, carácter, cortesía, discreción, honestidad, respeto y compromiso
social. Teniendo responsabilidad y carácter para no aceptar trabajos en los que
se requiera la independencia de hecho y de apariencia, si esta se encuentra
limitada.
HONORARIOS U OBSEQUIOS.
El contador público en ejercicio profesional el mismo que
preste sus servicios profesionales para un cliente asume la responsabilidad por
desempeño tales servicios con integridad y objetividad y de acuerdo con los
estándares técnicos apropiados. Por los servicios prestados el contador
profesional en práctica profesional tiene derecho a una remuneración. Los honorarios
deben ser el reflejo justo del valor de los servicios prestados teniendo
en cuenta:
Habilidades, conocimientos, nivel de experiencia y
entrenamiento, tiempo necesario ocupado y grado de responsabilidad.
OBSEQUIOS.
Aceptar obsequios u hospitalidades por
parte de un cliente de aseguramiento puede presentar amenazas de auto interés o
familiaridad, la firma o miembro del equipo de aseguramiento no debe aceptar
tales regalos.
CUMPLIMIENTO DE FUNCIONES.
·
Aceptar únicamente los trabajos que puedan ser
utilizados con la debida diligencia profesional. El asesor podrá obtener
aseguramiento de otros profesionales en materias especializadas.
·
Demostrar diligencia profesional de forma que
los papeles de trabajo sean un soporte de opinión.
·
Mantener la calidad de su trabajo controlando la
organización y los procedimientos establecidos por el auditor.
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